Más del 40% de lo que se produce en el campo no llega a la mesa en la Unión Europea

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El campo es siempre una fuente de noticias. Durante las manifestaciones del campo europeo, ocurridas en los pasados meses de marzo y abril del año pasado, los agricultores y ganaderos expresaron la imposibilidad de vender a precios por debajo del coste de producción, pese a que la ley de la cadena alimentaria aprobada por el gobierno de Mariano Rajoy y modificada, posteriormente por el gobierno de Pedro Sánchez.

Ni la ley, ni su modificación, han puesto de manifiesto que la normativa no ha corregido el punto fundamental, la relación costos y producción. Entre las causas posibles sobresale la que no puede co-existir con las normas legales con un sistema de libre mercado, donde los productores necesitan flexibilidad para adaptarse a las condiciones cambiantes en que desarrollan su tarea.

En este momento el plátano canario nos muestra un problema de este tipo. El plátano no está incluido en la ley de la cadena alimentaria, lo cual les permite a los productores vender a pérdidas en origen que pueden ser compensadas mediante subvenciones. El plátano está pagándose a precios cercanos a los 3 euros el kilogramo. La cifra de plátanos de Canarias que han quedado fuera del mercado en las últimas semanas sobrepasa los cinco millones de kilogramos. En este caso la Unión Europea valida la “pica” que lleva aplicándose durante años en el archipiélago.

Me interesa ahora referirme a la existencia de un proyecto de ley sobre Prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario, actualmente en fase de tramitación parlamentaria, que en España está imbuida, como otras muchas, del espíritu de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas propuesta en 2015.

La norma española tal y como está redactada a día de hoy, obliga a todos los actores de la cadena – excluyendo a los consumidores – a elaborar un plan para la prevención de desperdicio en el que se indique con detalle como se distribuirán los excedentes, lo cual deberá hacerse con arreglo a un orden prioritario que empezará por el consumo humano y acabará con la obtención de compost.

Cada año el 40% de los alimentos que se producen en el mundo se pierden sin ser consumidos, cifras proporcionada por el Fondo Mundial de la Naturaleza (WWF) en 2021, cifra que supera a los datos proporcionados por FAO en 2011 que situó el desperdicio alimentario en el 33%. Estas cifras equivalen al 28% de la superficie agrícola del planeta.

Según algunos expertos el problema del derroche de los alimentos en Europa no se soluciona con que los consumidores seamos más previsores en nuestras compras. Según informes de la Unión Europea un 40% del desperdicio se concentra en el consumidor y un 20% en la distribución y restauración y el 40% restante, ¡qué no es poco! se da en la fase industrial y en el campo.

Entre los motivos de esta situación en España está el sistema de precios que opera en nuestro país que ofrece poca seguridad a los agricultores. A veces se ven obligados a abandonar sus productos en el campo o a destruirlos. En segundo lugar están los hábitos de compra de los ciudadanos y, por tanto de los distribuidores minoritarios que no aceptan productos “feos”. Este comportamiento es tanto más evidente en el sector de frutas y hortalizas.

La ley para regular los desperdicios

Entre los alimentos que se pierden o desperdician más sobresalen frutas (22%) y hortalizas (24%) en relación con el porcentaje referido al total de la comida desperdiciada (127 kg de alimentos por persona y año).

Tal y como está redactada en la actualidad la ley española, obliga a todos los actores de la cadena, excluyendo a los consumidores, a tener un plan para la prevención del desperdicio en el que se indique con detalle como se distribuirán los excedentes, cosa que deberá hacerse con arreglo a un orden prioritario que empieza por el consumo humano y acaba por la obtención de compost. Además se impone la obligación de donar los excedentes a bancos de alimentos y otras entidades sin animo de lucro, quedando eximidos de esto último los supermercados que no dispongan de una superficie útil de 1.300 m² y cualquier operador que justifique que la donación es inviable.

La norma también incluye recomendaciones de buenas prácticas, como la promoción del consumo de productos de temporada, la venta prioritaria de que los que estén cerca de la fecha de caducidad, o la creación de lineales de “frutas feas” en los supermercados.

Los incumplimientos serán merecedores de multas de 2000 euros por infracciones leves, como no donar los excedentes de alimentos, de 60.000 euros por infracciones graves como no tener un plan de prevención, y, de 500.000 euros por la reincidencia en una grave.

La ley es ambiciosa y podría ocurrir que acabe en una mera declaración de intenciones, como pasó con la ley de la cadena alimentaria y la consecución de precios justos para el campo.

 

Julio C. Tello Marquina

Profesor emérito

Universidad de Almería

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